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En el Consultorio Jurídico Digital, el Abogado Mateo Duque Giraldo nos hablará sobre las posibles responsabilidades penales, disciplinarias y fiscales de los servidores públicos en Colombia, con el objetivo de que la ciudadanía conozca cuáles pueden ser las diferentes conductas que tipifican corrupción.

Los servidores públicos se clasifican en empleados públicos, trabajadores oficiales y miembros de corporaciones públicas; es indispensable que la ciudadanía conozca el régimen de controles a los servidores públicos independientemente sea su función, máxime cuando la desconfianza en lo público reina para el ciudadano de a pie.

Los servidores públicos pueden tener diferentes responsabilidades:

– Penal: Peculado: apropiarse indebidamente de un bien del Estado. Pena de 6 a 15 años
Por apropiación, por uso indebido o culposo.

– Concusión: el servidor que constriña a alguien a dar un monto de dinero incurra en prisión de 6 a 10 años.

– Cohecho: el servidor público que reciba una contraprestación de cualquier tipo por realizar una labor que le corresponde o retardarla 5 a 8 años.

– Celebración indebida de contratos o contratos sin el lleno de requisitos legales prisión de 4 a 12 años.

– Trafico de influencias: 4 a 8 años, quien utilice indebidamente el empleo público.

– Disciplinaria: para jueces los consejos seccionales de la judicatura con la vigilancia administrativa; para los servidores públicos el control disciplinario interno y la procuraduría.

– Fiscal: procesos de responsabilidad fiscal por la contraloría en la que se le puede condenar a un pago de una sanción económica en favor del estado por haber causado un detrimento patrimonial a una entidad pública en el ejercicio de una función oficial.

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Redacción Minuto30

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