La Corte Constitucional le ordenó a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Justicia Transicional que entregue los restos de una víctima de desaparición forzada que fue identificada en el 2011 pero hasta ahora su familia no había recibido información al respecto.
Una mujer tuvo que poner una tutela, que fue revisada por la Corte Constitucional, ya que en Medicina Legal no le daban respuesta a su solicitud de que le entregaran los restos de su compañero sentimental a quien desaparecieron en el 2002.
En el 2006 los familiares de la víctima entregaron a Medicina Legal los restos que creían que pertenecían a su ser querido, pero solo hasta el 2010 la entidad realizó las pruebas de ADN para confirmarlos.
Luego de identificarlo, once años después la compañera permanente de la víctima tuvo que poner la tutela porque no le daban información sobre el caso, mucho menos le entregaron lo que quedaba de su pareja, por lo que después de tanto tiempo no han podido darle sepultura ni despedirse formalmente de él.
La Corte aseveró que dejar a la familia de la víctima con esa incertidumbre constituyó una violación a los derechos de la verdad, la reparación y a no ser sometidos a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Por ello la Corte le dio a las fiscalías involucradas 48 horas para que informen a la pareja de lo encontrado en la investigación, así como de entregar los restos y activar el programa de atención psicosocial y salud integral a las víctimas indirectas de la desaparición forzada.
Además, Medicina Legal tendrá un año para incluir en la plataforma de consultas públicas del Registro Nacional de Desaparecidos las nomenclaturas o glosarios que expliquen a la ciudadanía cada uno de los valores y categorías que les permitan encontrar información sobre sus seres queridos.
Adicionalmente, el expediente tendrá que ser remitido a la Procuraduría General de la Nación para que investigue si las omisiones de los funcionarios configuran una falta disciplinaria.
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