La Superintendencia de Industria y Comercio SIC confirmó la sanción impuesta por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor contra RAPPI S.A.S., por un valor de mil doscientos cuarenta y cinco millones de pesos ($1.245.000.000).
La SIC se encontró que RAPPI S.A.S., había vulnerado las normas de protección al consumidor relacionadas con la calidad del servicio al generar doble cobro a los consumidores, incumplimientos en la entrega y cancelaciones de pedidos.
En lo relacionado con la información y publicidad engañosa se verificó que RAPPI S.A.S. omitió la leyenda de advertencia en la publicidad de productos nocivos para la salud, dado que no incluyó en la publicidad de bebidas alcohólicas, información acerca de su nocividad ni se informaba acerca de las condiciones para su correcto consumo y sus contraindicaciones.
Añadió, que frente a la falta de información sobre el tiempo de entrega de los productos, RAPPI S.A.S. no indicó a los consumidores que el tiempo suministrado para la entrega era un estimado por lo que se consideró que se trata de información no veraz.
La entidad concluyó que Rappi no implementó las medidas posibles para verificar la edad de los consumidores al momento de la entrega de productos nocivos para la salud, como son las bebidas alcohólicas.
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