¿Sabías que exceder los seis meses en EE. UU. podría resultar en un veto de 10 años?
¿Sabías que exceder los seis meses en EE. UU. podría resultar en un veto de 10 años?

Resumen: Exceder el límite de seis meses en EE. UU. con visa americana puede llevar a sanciones severas, incluyendo un veto definitivo. Conozca las consecuencias y las excepciones.

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Si tiene planes de viajar a los Estados Unidos en los próximos meses, es crucial que esté al tanto de las consecuencias que podría enfrentar si su estadía supera los seis meses permitidos. Tras las políticas implementadas por el expresidente Donald Trump, quienes permanezcan más tiempo del autorizado podrían ser objeto de sanciones severas, incluyendo un veto de ingreso permanente al país.

Según el gobierno estadounidense, quienes cuenten con visa americana tienen permitido permanecer en EE. UU. solo por un máximo de seis meses. Una vez este período haya pasado sin una extensión aprobada, se considera que la persona está acumulando presencia ilegal en el país.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) indica en su página web que, si una persona ingresa al país sin la debida autorización, comenzará a acumular tiempo de permanencia ilegal desde el momento de su ingreso no autorizado.

El abogado de inmigración Jose A. Guerrero aclaró que, aunque la visa pueda ser válida por 10 años, el tiempo que una persona puede permanecer en EE. UU. sin incurrir en una violación es de seis meses. Muchos viajeros se confunden, pensando que su visa por diez años les permite quedarse todo ese tiempo, cuando en realidad el período autorizado de permanencia está determinado por el oficial de inmigración al momento de la entrada.

¿Cuáles son las consecuencias si se supera ese plazo?
Si una persona se queda en EE. UU. más de seis meses pero menos de un año, enfrentará una sanción que incluye un veto de al menos tres años para ingresar nuevamente al país. Si la estadía ilegal supera el año, el castigo se incrementa a un periodo de 10 años sin poder ingresar.

En casos más graves, como la violación del Causal de Inadmisibilidad por presencia ilegal, el castigo podría extenderse a un veto definitivo o incluso la deportación.

Excepciones a las sanciones
Sin embargo, hay grupos de personas que están exentos de estas sanciones. El USCIS ha detallado algunas excepciones, que incluyen:

1. Niños menores de 18 años, quienes no acumulan presencia ilegal.
2. Asilados y solicitantes de asilo: El tiempo de procesamiento de su solicitud no cuenta como presencia ilegal.
3. Beneficiarios del programa de Unificación Familiar, bajo la Ley de Inmigración de 1990.
4. Cónyuges e hijos maltratados: Aquellos que se acojan a la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) no acumulan presencia ilegal si pueden demostrar que su estatus ilegal está vinculado a la violencia sufrida.
5. Víctimas de trata de personas: Quienes han sido víctimas de trata de personas y pueden demostrar que esta fue la razón principal de su estancia ilegal en EE. UU. no acumulan presencia ilegal.

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Laura Martínez

Comunicadora Social de la Universidad Católica de Oriente con énfasis en el desarrollo humano, apasionada por la radio, las letras y el periodismo judicial

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