dias sin iva
Compradores salen de un almacén llevando electrodomésticos en Bogotá (Colombia), en una fotografía de archivo. EFE/ Carlos Ortega

Bogotá, 27 ene (EFE).- El Ministerio de Hacienda anunció la fecha para los días sin IVA que se celebrarán en 2022 en Colombia, dos de ellos el mismo fin de semana en los que están programadas las elecciones al Congreso y a la Presidencia del país, algo que ha levantado la polémica con una parte de la opinión pública acusando al Gobierno de tener motivación electoral.

En un borrador de decreto publicado por la cartera de Hacienda se señala que los días sin IVA previstos para 2022 se celebrarán el 11 de marzo —dos días antes de los comicios legislativos—, el 17 de junio —dos días antes de la primera vuelta de las presidenciales colombianas— y el 2 de diciembre.

Desde la Administración, no obstante, defendieron que se trata de coincidencias que no habían sido planeadas, mientras que en las redes sociales se desataron las críticas al acusar al presidente, Iván Duque, y a su gabinete de tener motivaciones electorales al decretar la medida.

Por su parte, el presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), Jaime Alberto Cabal, recibió «de manera positiva» la convocatoria del 11 de marzo «tras la recomendación» que trasladaron al Gobierno. «Esta jornada incentivará el consumo y la demanda en el primer trimestre y dinamizará la economía», agregó en sus redes sociales-

Durante los días sin IVA, cuando en Colombia se producen grandes aglomeraciones y colas en los comercios, un gran número de artículos se encuentran exentos del impuesto sobre las ventas. Según la legislación, los días sin IVA pueden ser hasta tres jornadas al año.

El Gobierno justificó la expedición de las nuevas jornadas sin IVA «en la necesidad de continuar con la reactivación de la economía por medio del impulso en las ventas a los diferentes sectores económicos del país que comercialicen bienes gravados con el impuesto sobre las ventas».

Para la determinación de los días sin IVA para el año 2022, se tomó en cuenta el recaudo del impuesto sobre las ventas para todos los bimestres de año de los últimos 5 años con la finalidad de determinar el mes, o los meses, que permitieran cumplir el propósito de la norma, reza el decreto.

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