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¡Ni con “la bendición” de los padres! Menores de 18 años no podrán casarse ni irse a vivir juntos en Colombia

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo destacó que las uniones tempranas son nocivas para los menores

Publicado por: SoloDuque

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Foto tomada de internet para ilustrar la nota
¡Ni con “la bendición” de los padres! Menores de 18 años no podrán casarse ni irse a vivir juntos en Colombia

Resumen: ¡Colombia dice NO al matrimonio infantil! La Corte Constitucional fija la edad mínima para casarse en 18 años, sin excepciones. Conoce esta histórica decisión que protege los derechos de niños y niñas.

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

Minuto30.com .- Colombia avanza en la protección de los derechos de los niños y niñas, reforzando el compromiso de erradicar el matrimonio infantil y asegurando que no haya excepciones, ni siquiera con el consentimiento de los padres.

La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia ha determinado que la edad mínima para contraer matrimonio en el país será de 18 años, sin excepciones, ni siquiera con el consentimiento de los padres. En una histórica decisión, el Alto Tribunal declaró inexequibles los artículos 117 y 124 del Código Civil que permitían a los menores de edad mayores de 14 años casarse, ya fuera con un adulto o con otro adolescente, si contaban con la autorización de sus padres.

Con esta decisión, la Corte reafirmó que el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre menores de 18 años son contrarios a la Constitución y a los principios internacionales de derechos humanos, en particular con lo dispuesto en la Convención Contra la Discriminación de la Mujer, que prohíbe el matrimonio infantil. La Corte interpretó que, según el artículo 1 de la Convención, los niños y niñas son personas menores de 18 años, lo que los protege de este tipo de prácticas.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo destacó que las uniones tempranas son nocivas para los menores, ya que se sustentan en estereotipos de género y paradigmas culturales que deben ser superados. La Corte señaló que estas prácticas son dañinas para el desarrollo integral de los niños y niñas, y su prohibición es una medida necesaria para garantizar su bienestar y proteger sus derechos fundamentales.

Asimismo, la Corte ordenó a la Defensoría del Pueblo identificar las zonas del país con mayor incidencia de matrimonio infantil y uniones tempranas, y poner en marcha campañas pedagógicas en esas regiones para prevenir estas prácticas. Además, se instó a las instituciones a diseñar políticas públicas orientadas a erradicar los matrimonios y uniones tempranas, considerados un flagelo social que afecta a las poblaciones más vulnerables.

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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