La Corte Constitucional no ha tomado aún una decisión de fondo sobre el matrimonio infantil en Colombia, uno de los temas más debatidos en el país, junto con la despenalización del aborto.
De esta forma, la Corte se inhibió para establecer una edad mínima para el matrimonio infantil en el país, que hasta ahora está estipulada a partir de los 14 años de edad.
A través de una nota de prensa, la entidad explicó que se inhibió de “por ineptitud sustantiva de la demanda”, que fuer interpuesta en agosto de 2021 por el abogado Camilo Ernesto Ortega, y que contaba con el respaldo del Ministerio de Salud y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Esto significa que, según la Corte, no es posible hacer control judicial sobre la demanda impuesta por Ortega, la cual asegura que el matrimonio infantil “vulnera el derecho a la vida y la salud (física y mental) de las niñas y mujeres”, así como “el derecho de las niñas y niños a recibir una educación adecuada y completa”, y que pretendía declarar inexequibilidad del artículo 53 del Código Civil y el artículo 53 de la Ley 1306, que establece la edad mínima para contraer matrimonio en el país.
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