La JEP estableció que Luis Carlos Gómez Góngora y Fabio Augusto Martínez Lugo, los dos exfiscales procesados por interceptar a un sindicato de Avianca y a los negociadores de paz en La Habana, no cumplieron con los factores de competencia necesarios para acogerse ante el tribunal de paz en calidad de agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública, tal y como lo solicitaron.
La JEP aseguró que no encontró ningún soporte donde se pruebe que las conductas por las que son procesados en la justicia ordinaria hacen parte de un “aparato institucional criminal» implementado para lograr ventaja militar o avanzar en la lucha contrainsurgente.
Esto, según el ente investigador, por más que los exfuncionarios argumentaron que las “chuzadas» que iniciaron con el extinto DAS se convirtieron en un delito de ejecución continuada que asumió la Fiscalía General de la Nación donde trabajaban.
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«La evidencia evaluada por los magistrados de la JEP, por el contrario, apunta a que las acciones de Gómez Góngora y Martínez Lugo son la de una empresa criminal particular que se dedicó a ofrecer servicios de interceptación ilegal de comunicaciones a cambio de sumas de dinero. Es decir, bajo una lógica de oferta y demanda que no está íntimamente ligada con el conflicto armado», detalló el tribunal de paz.
Entre otras razones, los magistrados de la JEP advirtieron que las conductas cometidas por Gómez Góngora y Martínez Lugo no recayeron sobre actores del conflicto armado sino sobre personas que hacían parte, por ejemplo, de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC).
En ese contexto se planteó que no se puede probar una histórica y constante lucha contrainsurgente como su principal motivación. En el caso de los negociadores de paz, no hay evidencia que soporte que las interceptaciones ilegales facilitaron la realización de operaciones militares en defensa de la seguridad nacional.