Ante la extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio decretado por el Gobierno, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) también prologó la suspensión de términos judiciales y audiencias hasta el 27 de abril, pese a esto hay trámites que pueden seguir adelantando los magistrados.
La JEP puntualizó que, pese a la decisión, esto no significa un cese completo en sus actividades, ya que las medidas cautelares, libertades transitorias, condicionadas y anticipadas, tutelas y acreditación de víctimas, son algunas de las actividades que se continuarán realizando.
Los procesos sólo serán válidos si existe “información suficiente para fallar y que la misma se encuentre digitalizada en los sistemas de información de la JEP o a disposición de los funcionarios de las Salas en los lugares donde estén haciendo trabajo en casa”.
De esta manera, se suspendieron en general las decisiones que para tomarse requiera la notificación judicial a los interesados.
Los trámites de tutelas siguen adelante, siempre que estas se radiquen por correo electrónico, al igual que las solicitudes de medidas cautelares.
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