Después de que el ministro de Defensa, Guillermo Botero, le pidiera a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, que expulsara a alias ‘Mayimbú’ para poder actuar en su contra, el tribunal de paz respondió que las autoridades no tienen limitaciones para atacarlo.
Según la JEP, la Fuerza Pública no tiene ninguna limitación para perseguir y capturar a los comparecientes que se hayan rearmado y estén delinquiendo, como en el caso de ‘Mayimbú’, señalado de asesinar a la candidata a la Alcaldía de Suárez, Cauca.
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A través de este comunicado, la JEP confirmó que a todo aquel desmovilizado que haya delinquido después del 1 de diciembre o que se haya rearmado, debe caerle el peso de la justicia ordinaria:
- Respecto a las afirmaciones del señor ministro de Defensa, Guillermo Botero, sobre supuestas limitaciones de la Fuerza Pública para perseguir a personas que han recibido beneficios jurídicos gracias al Acuerdo de Paz y que ahora están delinquiendo, la JEP reitera a la opinión pública:
- Que la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz es exclusivamente sobre los delitos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016 que estén relacionados con el conflicto armado interno.
- Que la investigación de cualquier delito cometido por un compareciente de la JEP después del 1 de diciembre de 2016 es competencia de la Fiscalía General de la Nación.
- Que la Fuerza Pública no tiene ninguna limitación para perseguir y capturar a los comparecientes que se hayan rearmado y estén delinquiendo.
- Que la investigación y persecución de aquellos comparecientes que en la actualidad estén delinquiendo tiene que ser ejercida por la Fiscalía y la fuerza pública, independientemente de que hayan concluido o no los procesos para la exclusión de de esas personas de la JEP. Ese es su deber y obligación.