Juez le da la razón a Medellín y confirma que proceso de enajenación de UNE cumple con el debido proceso
Foto: Cortesía
Juez le da la razón a Medellín y confirma que proceso de enajenación de UNE cumple con el debido proceso

Resumen: El juez del Juzgado Quinto Municipal de Pequeñas Causas declaró improcedente la tutela interpuesta por el congresista Álex Flórez, quien alegaba que la venta de acciones de EPM en Tigo-Une se realizó sin el debido proceso. Flórez había argumentado que la venta fue irregular y que no se garantizó la participación ciudadana. Sin embargo, el juez determinó que la tutela no cumplía con los requisitos necesarios. La decisión respalda al Concejo de Medellín, que demostró haber socializado adecuadamente la venta y que EPM proporcionó información sobre el proceso y el uso del dinero obtenido.

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

Luego de que el congresista del Pacto Histórico Álex Flórez, exconcejal de Medellín por el movimiento Independientes, interpusiera una tutela alegando que la enajenación de las acciones que tiene EPM sobre Tigo-Une se hicieron sin el debido proceso, un juez decidió negarla por declararla improcedente.

Y es que el hoy senador de la República aseguró en la tutela que «el alcalde de Medellín, el señor Federico Gutiérrez, presentó proyecto ante el Concejo de Medellín, a fin de que se pudiesen vender las acciones de UNE EPM Telecomunicaciones S.A. Que el Concejo no ha exigido la información necesaria para dar tener un debate suficiente al respecto, ocasionando así un riesgo inminente. Que pese a lo anterior, el debate ha continuado, sin tener en cuenta la participación ciudadana, lo cual podría ocasionar una afectación al patrimonio público».

Le puede interesar: Así es como la Gobernación y la Alcaldía de Medellín sacarán adelante las obras del Túnel del Toyo

Para el exconcejal, la venta de las acciones de UNE se harían de forma irregular, sin embargo, el juez que recibió la tutela, del Juzgado Quinto Municipal de Pequeñas Causas, declaró improcedente la tutela «por no cumplir con los requisitos de legitimación en la causa por activa y subsidiariedad».

Así las cosas, la justicia le da la razón al Concejo de la ciudad, que si demostró cómo se socializó la enajenación de las acciones y que EPM incluso ha dado diferentes espacios para explicar lo que significa la venta de las acciones y lo que se haría con ese dinero.

Compartir:
  • Comentarios

  • Anuncio

    Arepitas de maduro y queso