Foto: Alcladía de Bogotá

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Luego de que dos estudiantes fueran expulsados de un colegio militar tras ser sorprendidos en actos sexuales en un salón de clases, La Corte Constitucional ordenó el reingreso de los dos jóvenes que ganaron la tutela interpuesta donde manifestaron que se vulneraron el derecho de la intimidad.

Las instituciones educativas no pueden expulsar a los estudiantes por tener sexo en su interior, determinó la Corte Constitucional.

“Es necesario adoptar diferentes medidas para salvaguardar la intimidad de los estudiantes, así como abordar de manera integral la valoración de la falta cometida, máxime si de una institución educativa se trata”, señala la sentencia.

En el momento en que las directivas del colegio militar vieron el vídeo, decidieron expulsar a los jóvenes como sanción ante los otros estudiantes.

La Corte explicó que primeramente se debe considerar un acompañamiento psicológico, social y de familia con los almunos de dichos casos, antes de adoptar medidas disciplinarias extremas.

“Al encontrar que la entidad no demostró estar preparada para abordar adecuadamente este tipo de situaciones, ordenó a la escuela militar que analice integralmente el tratamiento de la falta disciplinaria, vinculando tanto a la familia de los estudiantes, en el caso de menores de edad, como la asesoría de profesionales”, agregó la sentencia.

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