A través de una demanda interpuesta ante el Juzgado Quince Administrativo del Circuito de Medellín, el presidente de la Veeduría Identidad y Defensa de lo Público, Óscar Ignacio Castaño, y el veedor Jhon Fredy Osorio, pidieron la nulidad del nombramiento de la secretaria General del Concejo Municipal de Rionegro, Antioquia, María Cecilia Álvarez Suárez, por presuntas irregularidades en el proceso de elección.
La demanda, que también va en contra del Concejo de Rionegro, solicita que se declare la nulidad del Acta de la plenaria de la Sesión Extraordinaria 190 del 30 de diciembre de 2021, en la que se declaró la “reelección de la Secretaría general del Concejo Municipal de Rionegro para el periodo 2022”, y en la que se posesionó Álvarez Suárez para el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2022 y el 31de diciembre de 2022.
Y es que según indicaron los demandantes, el reglamento interno del Concejo Rionegro establece que la elección del secretario general del Concejo, deberá realizarse mediante una convocatoria púbica, a través de una universidad acreditada en alta calidad, que garantizara los criterios de mérito, transparencia, publicidad y participación ciudadana e introdujera elementos como la equidad de género.
Sin embargo, la demanda estipula que dicho procedimiento no se realizó conforme a la Ley, por lo que el 30 de diciembre de 2021, en sesión extraordinaria No. 190, se eligió a María Cecilia Álvarez Suárez como la secretaria general del Concejo, Municipal de Rionegro para el período 2022, pero la aprobación de la elección, el acta y el nombramiento no fueron publicados, pese a haber sido solicitados.
Por estos hechos, 13 concejales que votaron en favor de la elección de la secretaria general se encuentran en proceso investigativo, pues la elección no se realizó con previo concurso según lo establecido en el reglamento interno del Concejo de Rionegro.
Cabe resaltar que antes de que llegara la sentencia, la secretaria electa renunció a su cargo, sin embargo, el proceso continúa. Además, esta no sería la primera vez que se declara la nulidad de una elección, pues así ocurrió con el nombramiento del personero y también de la contralora.
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