Concejal Miguel Iguarán no incurrió en doble militancia: Procuraduría
Foto: Tomada de redes sociales
Concejal Miguel Iguarán no incurrió en doble militancia: Procuraduría

Resumen: El Ministerio Público considera que no hay pruebas suficientes para demostrar que el concejal haya incurrido en las faltas que se le imputan. Detalles: La Procuraduría presentó un concepto favorable a la defensa de Miguel Iguarán. No se encontraron méritos probatorios en las dos demandas acumuladas en su contra. El caso se adelanta en el Tribunal Administrativo de Antioquia por Nulidad Electoral. La Procuraduría argumenta que no se configura la causal de inhabilidad por doble militancia ni por ejercicio de autoridad administrativa. Pide al Tribunal absolver al concejal Iguarán de las acusaciones.

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En las últimas horas se conoció el concepto de la Procuraduría, en relación con el proceso de pérdida de investidura que se adelanta en contra del Concejal de Medellín, Miguel Iguarán.

El concepto favorable está encaminado a que el corporado pueda mantener la curul como Concejal del Distrito de Medellín.

Para el Ministerio Público no hay ningún mérito probatorio en las dos demandas acumuladas por, presuntamente, haber incurrido en doble militancia.

El caso del Concejal Iguarán se adelanta en el Tribunal Administrativo de Antioquia, mediante el medio de control de Nulidad Electoral.

Lo que dijo la Procuraduría sobre el Concejal Miguel Iguarán

La Procuraduría, tras un desarrollo argumentativo extenso, indicó que con las pruebas practicadas dentro del proceso, no se demostró que el concejal haya incurrido en doble militancia.

En el documento se lee que el Ministerio Público consideró que “no se acredita el elemento «modal» de dicha prohibición”.

El Ministerio Público agregó que “tampoco se demostró la configuración de la causal de inhabilidad por el ejercicio de autoridad administrativa durante el año anterior a la elección”.

Explicó la Procuraduría que “el rol de supervisión no implica por sí mismo dicha autoridad, y no se acreditó que el demandado, en ejercicio de dicho rol, haya tenido asignada funciones de autoridad administrativa”.

Es por ello que, al cierre de la exposición de los argumentos, la Procuraduría pidió a los Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia, que no se acceda a las pretensiones de las demandas acumuladas.

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Alejandro Rincón

Librepensador. Amante de la fotografía, la escritura, la radio y el detrás de cámaras. Periodista por pasión hace 25 años, abogado de profesión. Amante del trabajo de campo, la reportería, la calle.

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