Tras ordenarse el archivo del proceso de dos magistrados del Tribunal Superior de Medellín por el caso de “Carlos Pesebre”, el magistrado de la Sala Penal, Miguel Humberto Jaime Contreras, indicó que dicha decisión se dio por atipicidad objetiva del delito de prevaricato por acción e inexistencia de la conducta punible de cohecho propio.
El Fiscal Quinto Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, el 31 de agosto de 2018, ordenó archivar las diligencias a favor de los Magistrados, Miguel Humberto Jaime Contreras y Pio Nicolás Jaramillo Marín, después de que la Directora Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Fiscalía General de la Nación, anunciara públicamente la compulsa de copias a los Magistrados por el delito de prevaricato por acción y cohecho propio, por el caso de Freyner Alonso Ramírez García, Alias “Carlos Pesebre”; considerando “ atipicidad objetiva del delito de prevaricato por acción e inexistencia de la conducta punible de cohecho propio”.
El Fiscal Quinto Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, advirtió que: “La orden de archivo de las diligencias procede cuando se constata que no existen motivos o circunstancias fácticas que permitan su caracterización como delito”.
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