Resumen: La Procuraduría sanciona a Daniel Quintero Calle, exalcalde de Medellín, con 6 meses de inhabilidad por faltas gravísimas cometidas a título de dolo y culpa gravísima. ¡Conoce más sobre esta noticia!
Minuto30.com .- En sentencia leída por la Procuraduría, la mañana de este miércoles 3 de julio, se dio a conocer que Daniel Quintero Calle, exalcalde de Medellín es sancionado a 6 meses de inhabilidad y más de 104 millones de pesos de multa
La Procuraduría considera que su actuar fue doloso al publicar un video en las redes sociales de «el cambio en primera» con el que «mostraba afinidad por una coalición política en particular».
Ya que a los empleados públicos les está prohibido participar en política, pues están llamados a garantizar imparcialidad en las justas políticas, ya de por si polarizadas, dice la procuraduría.
Procuraduría dice que Daniel Quintero incurrió en dolo
Su actuar fue considerado como una falta gravísima cometidas a título de dolo y culpa gravísima, las cuales se sancionan con la destitución e inhabilidad general.
La separación del cargo, si así fuere necesario, así como la imposibilidad de ejercer cargos públicos en un periodo de entre 3 a 18 meses es la penalidad, acompañado por una multa económica.
Deberá pagar más de 104 millones de pesos como multa por su falta
Agravantes: ser alcalde de Medellín por la notable relevancia que reviste dicho cargo.
De inmediato la parte defensora ha presentado la apelación.
Procuraduría había formuló pliego de cargos contra el exalcalde de Medellín en diciembre
el pasado 14 de diciembre, la Procuraduría informó que se formulaban Cargos contra el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, por presunta participación indebida en política
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, por presunta participación indebida en política.
Según pudo establecer el Ministerio Público en su investigación, el mandatario habría grabado y difundido en medios de comunicación y redes sociales, los días 13 y 17 de marzo y 9 de mayo de 2022, videos y fotografías apoyando la campaña Petro Presidente, que resultó ganadora en las elecciones de ese año.
Desde su cuenta «@QuinteroCalle» de la otrora red social Twitter, publicó mensajes o trinos con fotografías y videos aludiendo a su preferencia política por los candidatos de la coalición Pacto Histórico a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, para el periodo 2022-2026, asegura la Procuraduría en su auto de cargos.
La Procuraduría detalla entre los resultados de sus pesquisas, una fotografía posteada en las redes sociales del exalcalde, el día de las consultas interpartidistas, donde habría exhibido públicamente el tarjetón de la consulta del Pacto Histórico, “pues superpuso ese tarjetón cuando cada consulta tenía el suyo propio, y la foto que compartió era explícita en ese sentido”.
También concluye frente a uno de los videos que se hizo viral en redes sociales, que, “lo dicho en el video fue una clara alusión a la campaña presidencial del entonces candidato Gustavo Petro, pues, además de ser el eslogan del «Video oficial Petro El Cambio en Primera», la etiqueta #ElCambioEnPrimera fue promovida abiertamente por sus seguidores de la red social y militantes del Pacto Histórico, para impulsar la campaña de esa coalición en la primera vuelta presidencial”.
Entre los argumentos del Ministerio Público están que, de acuerdo con la jurisprudencia vigente, constituyen ejercicio abusivo del cargo la utilización de los elementos de su despacho para hacer proselitismo o para desempeñar en cualquier sentido la actividad política y el ejercicio de las competencias de manera que incline ilegítimamente la actuación del Estado a favor de una determinada corriente o movimiento político.
El cargo imputado a Quintero Calle tiene que ver con presunta participación en actividades de partidos, coaliciones y movimientos políticos, especialmente los que integraron la coalición denominada «Pacto Histórico». La falta fue calificada provisionalmente como gravísima a título de dolo.
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