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¿Tenía su “arrocito en bajo”? Hombre pidió el divorcio por “falta de sexo” y esto le dijeron…

La mujer contrademando, no evitando el divorcio sino “para limpiar su imagen”

Publicado por: SoloDuque

¿Tenía su “arrocito en bajo”? Hombre pidió el divorcio por “falta de sexo” y esto le dijeron…

Resumen: El TEDH le da la razón a una mujer que se negó a mantener relaciones sexuales con su marido. ¿Buscaba él una excusa?

Este resumen se realiza automáticamente. Si encuentra errores por favor lea el artículo completo.

Minuto30.com .- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) emitió un fallo histórico el pasado jueves en el que dio la razón a una mujer francesa de 69 años que había sido demandada por su esposo por divorcio, tras alegar que ella se había negado a mantener relaciones sexuales con él.

La corte consideró que una mujer que decide no tener relaciones íntimas con su marido no debe ser tratada como “culpable” en un proceso de divorcio. Este fallo pone de relieve el derecho a la autonomía y el consentimiento en las relaciones conyugales, un aspecto fundamental que, según el tribunal, debe ser considerado por los tribunales al dictar sentencia en casos de disolución de matrimonio.

La mujer, residente en Chesnay, una localidad situada a las afueras de París, había contrademandado el divorcio no con la intención de reconciliarse con su esposo, sino para evitar ser etiquetada como “la mala del paseo”.

A través de su defensa, la mujer argumentó que el concepto de “deberes conyugales” debe tener como base el consentimiento mutuo, especialmente en lo que respecta a las relaciones sexuales. La corte europea subrayó que el derecho al consentimiento es esencial para preservar la dignidad y la libertad de las personas en el marco de la convivencia matrimonial.

el sexo no es prioridad en el matrimonio

Este fallo será vinculante para los jueces franceses, quienes no podrán asumir que vivir juntos implica necesariamente compartir una vida íntima. Según un miembro del equipo legal de la mujer, este cambio de enfoque es crucial, ya que el fallo reconoce que la obligación de convivencia no debe interpretarse como una imposición de deberes sexuales.

La pareja, que se casó en 1984 y tuvo cuatro hijos, incluido una hija con discapacidad que requiere atención constante, había enfrentado una relación difícil en la que la mujer cumplió un papel esencial en el cuidado de su hija, lo que posiblemente también influyó en la dinámica del matrimonio.

Este caso sienta un precedente importante sobre los derechos de las personas en el contexto familiar y matrimonial.

¿Arrocito en bajo?

Queda la duda si el hombre tendría algún affaire por el que estaría buscando quedar libre; pues no es creíble que luego de 30 años de matrimonio, cuatro hijos en común y toda una vida de pareja, esté pidiendo a su esposa “cumplir con las obligaciones conyugales”.

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Sonia López

publicista, mercadotecnóloga y community manager, mi pasión es entrelazar estrategias creativas con el poder de la comunicación para ayudar a las personas y contar sus valiosas historias.


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